El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia especialmente relevante para empresas cuyo centro de trabajo coincide físicamente con su domicilio social. La resolución analiza si la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede acceder libremente, sin consentimiento de la empresa y sin autorización judicial, a una nave industrial, oficina, local o centro productivo que también constituye el domicilio social de una sociedad mercantil.